21 mayo 2020 | 09:10 am

A través de la Resolución Ministerial Nº 0120-2020-Minagri

Aprueban procedimiento complementario para Operatividad del Fondo de Seguro Agropecuario 2020

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Aprueban procedimiento complementario para Operatividad del Fondo de Seguro Agropecuario 2020
Se cofinanciarán los seguros agropecuarios aprobados vía Resolución Ministerial por el Minagri y aquellos que se comercialicen en el mercado, previa revisión y aprobación del Consejo Directivo del Fogasa.

(Agraria.pe) Mediante la Resolución Ministerial Nº 0120-2020-Minagri, el Poder Ejecutivo aprobó los procedimientos complementarios para Operatividad del Fondo en el otorgamiento de cofinanciamiento del Seguro Agropecuario 2020

Dichos procedimientos complementarios (Directiva N° 001-2020-CD/Fogasa) contienen diez rubros que incluyen tres anexos para el subsidio de las primas de los Seguros Agropecuarios, cuyas características son:

  1. a) Tipo de Seguro a cofinanciar: Los seguros agropecuarios aprobados vía Resolución Ministerial por el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) y aquellos que se comercialicen en el mercado, previa revisión y aprobación del Consejo Directivo del Fogasa.
  2. b) La modalidad de cofinanciamiento de primas: De acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-Minagri. El porcentaje del cofinanciamiento es 50% de la prima.
  3. c) El Seguro Agropecuario otorgado bajo la modalidad de cofinanciamiento está dirigido a pequeños productores agrícolas, cuyo límite individual no exceda de diez hectáreas y/o actividad pecuaria y cuyo valor asegurado o suma asegurada total no exceda las quince Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
  4. d) Las zonas o territorios geográficos a ser cubiertos por el Seguro Agropecuario son a nivel nacional.

 

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Etiquetas: Minagri