(Agraria.pe) Mediante Resolución Directoral N° D000004-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó los requisitos sanitarios para la importación de colmenas comerciales de abejorros (Bombus atratus) procedentes de la República Argentina.
La mercancía estará amparada por un certificado sanitario emitido por el servicio veterinario oficial de la República Argentina, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos:
. La República Argentina cumple con las recomendaciones del Código Terrestre de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) para ser considerado país libre de Aethina tumida.
. Las colmenas proceden de un pie de cría estable de reinas nacidas y criadas en confinamiento en un establecimiento.
. Las colmenas proceden de un pie de cría cerrado en el que no se realizan reintroducciones de colmenas o reinas de abejorros y de producción, y está completamente aislado de poblaciones naturales de abejorros, lo que evita la hibridación o contaminación con enfermedades.
. Las colmenas proceden de establecimientos que no han presentado casos de Locustacarus buchneri, Apicystis bombi, Sphaerularia bombi, Deformed Wing Virus-DWV, Sacbrood Virus-SCB, Black Queen Cell Virus-BQCV, Israeli Acute Paralysis, Virus-IAPV y nosemosis, dentro de los 30 días previos al embarque.
. Las colmenas han sido sometidas a pruebas de diagnóstico para la detección de nosemosis con resultados negativos, realizadas en laboratorios acreditados por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) de la República Argentina.
. Las colmenas proceden de un establecimiento registrado y autorizado para la exportación por el servicio veterinario oficial de la República Argentina.
. Las colmenas fueron inspeccionadas por un representante del servicio veterinario oficial de la República Argentina antes del embarque y no muestran signos clínicos de ninguna enfermedad.
. Las colmenas no han estado en contacto con abejas y/o abejorros o colmenas enfermas.
. Las colmenas y el embalaje presentado para su exportación fueron inspeccionados individualmente y con minuciosidad por un médico veterinario oficial o autorizado y no contienen Aethina tumida, ni sus huevos, ni larvas o pupas.
. Las colmenas han sido recubiertas de una malla fina por la que no pueden penetrar escarabajos vivos.
. El material para el transporte de las colmenas es nuevo y de primer uso, fue cerrado y previamente no ha estado en contacto con abejas o abejorros.
Dato
. Mediante Resolución Directoral N° D000004-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, también se autorizó la emisión de los permisos sanitarios de importación para las mercancías pecuarias indicadas en el artículo precedente. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente acto resolutivo se podrá aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias.