(Agraria.pe) A través de la Resolución Ministerial Nº 0361-2024-MIDAGRI, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal cuyo objeto es formular una propuesta normativa que permita a las juntas de usuarios de agua contar con los parámetros mínimos para que puedan elaborar su Plan de Cultivo y Riego, lo que permitirá una adecuada implementación de la planificación de siembra de los cultivos y su correspondiente asignación del recurso hídrico.
Dicho grupo de trabajo, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) tendrá como funciones revisar e identificar las normas vigentes que se encuentren relacionadas al Plan de Cultivo y Riego.
Además, deberá identificar las medidas que coadyuven en la mejora del ordenamiento de los cultivos; así como establecer las consideraciones mínimas que debe contener el Plan de Cultivo y Riego que elaboren las Juntas de Usuarios de Agua. También deberá elaborar la propuesta normativa para el cumplimiento del objeto.
El Grupo Trabajo Sectorial tiene vigencia de un año, contado desde su instalación. Dicho plazo podrá prorrogarse mediante Resolución Ministerial a propuesta de sus miembros.
Al final de su vigencia, la Secretaría técnica, presenta al Despacho Ministerial un informe de gestión, que contenga, a su vez, la propuesta normativa para el cumplimiento del objeto.
Conformación
El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por un representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo preside; así como un representante de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; un representante de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; un representante de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas.
También conformarán el grupo de trabajo sectorial dos representantes de la Autoridad Nacional del Agua; un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria; un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; un representante de la Junta Nacional de Organizaciones de Usuarios de Agua del Perú; y un representante de la Confederación Nacional de Juntas de Usuarios de Agua del Perú.
Los integrantes del grupo de trabajo sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno. Las sesiones del Grupo de Trabajo Sectorial pueden ser presenciales y/o virtuales
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial recae en la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) del Midagri, quien brinda soporte y es responsable de llevar el registro de los acuerdos del grupo de trabajo, custodiar sus actas y toda la documentación que se genere durante su vigencia.
Los representantes titulares y alternos que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial, se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en un plazo no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
El Grupo Trabajo Sectorial se instala en un plazo que no excede de siete días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial. En un plazo no mayor a veinticinco días hábiles de instalado el Grupo de Trabajo Sectorial, se aprueba el Plan de Trabajo.
Colaboración y financiamiento
El Grupo de Trabajo Sectorial puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, profesionales especializados y a la Academia; cuya participación pueda coadyuvar al cumplimiento de su objeto y funciones.
El funcionamiento del Grupo Trabajo Sectorial, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Los gastos que involucre la participación de los integrantes del Grupo Trabajo Sectorial se financia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.