(Agraria.pe) A través de la Resolución Ministerial N° 0118-2016-Midagri, se creó el “Grupo de Trabajo para la atención fitosanitaria nacional por Candidatus Liberibacter solanacearum y su insecto vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa”, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
El Grupo de Trabajo Sectorial tiene por objeto elaborar un documento técnico que contenga la programación articulada de las intervenciones de las entidades del Sector Agrario y de Riego orientadas a la mitigación, contención y manejo integral de Candidatus Liberibacter solanacearum y su insecto vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa.
Sus funciones son: Recopilar y analizar información técnica relacionada con la presencia de Candidatus Liberibacter solanacearum y su insecto vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa. Identificar las intervenciones, programas y acciones institucionales que desarrollan las entidades del Sector Agrario y de Riego vinculadas a la mitigación, contención y manejo integral de la referida plaga.
Así como establecer la priorización y articulación de las intervenciones sectoriales, con la finalidad de estructurar la programación articulada orientada a la mitigación, contención y manejo integral de la plaga.
Integrantes
El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por: Un representante del Despacho Ministerial del Midagri, quien lo preside; un representante de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA); un representante de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa); un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).
Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial cuentan con un representante alterno, cuya designación se regula en el artículo 5 de la presente Resolución Ministerial. Los representantes titulares y alternos integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial ejercen funciones ad honorem.
Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial designan a sus representantes titulares y alternos, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial, en el plazo no mayor de los cinco (5) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Las sesiones del Grupo de Trabajo Sectorial pueden realizarse de manera presencial, virtual o mixta, utilizando las herramientas informáticas para tal fin.
El Grupo de Trabajo Sectorial puede invitar a participar en sus sesiones en calidad invitados, a representantes de otras entidades públicas y privadas, profesionales especializados y de la academia; cuya participación pueda coadyuvar al cumplimiento de su objeto y funciones.
El Grupo de Trabajo Sectorial se instala en el plazo no mayor de cinco días hábiles, siguientes al vencimiento del plazo de acreditación de los representantes, a que se refiere el artículo 5 de la presente Resolución Ministerial.
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial es ejercida por la DGDAA del Midagri, quien brinda soporte técnico y administrativo, y es responsable de llevar el registro de acuerdos, custodiar las actas y sistematizar el documento técnico final.
Vigencia e Informe Final
El Grupo de Trabajo Sectorial tiene un plazo de vigencia de un año, contado a partir del día hábil siguiente a su instalación. Al culminar el plazo señalado, la Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo comunicará al Despacho Ministerial del Midagri de la extinción formal del citado grupo, y presentará el documento técnico que contenga la programación articulada de intervenciones sectoriales orientadas a la mitigación, contención y manejo integral de Candidatus Liberibacter solanacearum y su insecto vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa.
Datos
. El funcionamiento del Grupo de Trabajo Sectorial se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Midagri sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los gastos que involucren la participación de sus integrantes se financian con cargo al pliego presupuestario de cada entidad a las que pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
. El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) informó sobre la presencia de Candidatus Liberibacter solanacearum (CLso) y su insecto vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa, habiéndose declarado mediante Resolución Jefatural N° D000141-2024-MIDAGRI-SENASA-JN la emergencia fitosanitaria a nivel nacional, y posteriormente, mediante Resolución Directoral N° D000007-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV, se declaró a la referida bacteria como plaga presente no ampliamente distribuida y bajo control oficial, estableciéndose medidas fitosanitarias obligatorias; en tal contexto, y considerando el riesgo que dicha plaga representa para la producción nacional de papa y la seguridad alimentaria.