07 noviembre 2023 | 09:10 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Acción está orientada a realizar una evaluación integral de sus procesos críticos

Programa Qali Warma es declarado en reorganización administrativa

Programa Qali Warma es declarado en reorganización administrativa
Se dispuso la creación de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), que estará encargada de elaborar y presentar al Despacho Ministerial el Informe que contenga los resultados de la evaluación integral de los procesos críticos del Programa Qali Warma.

(Agraria.pe) A través de la Resolución Ministerial N° D000206-2023-MIDIS, se declaró en reorganización administrativa el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, acción orientada a realizar una evaluación integral de sus procesos críticos, con la finalidad de garantizar el funcionamiento seguro, eficiente y eficaz del referido Programa, que a su vez permita optimizar su estructura orgánica y mejorar la calidad de sus servicios.

En ese sentido, se dispuso la creación de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), que estará encargada de elaborar y presentar al Despacho Ministerial el Informe que contenga los resultados de la evaluación integral de los procesos críticos del Programa Qali Warma, en el marco de la reorganización administrativa.

La Comisión Sectorial está conformada por los siguientes miembros: Un representante del Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, quien la preside; el Director Ejecutivo de Qali Warma; el Director General de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Director General de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Director General de la Dirección General de Políticas y Estrategias

Así como el Director General de la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Jefe de la Oficina General de Administración; el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Jefe de la Oficina de Integridad Institucional; y el Jefe de la Oficina de Modernización. Los integrantes de la Comisión Sectorial ejercen sus funciones ad honorem.

Funciones de la comisión sectorial
La Comisión Sectorial estará encargada de revisar y analizar los procesos críticos del Programa Qali Warma, con énfasis en los aspectos administrativos y de gestión que inciden en la prestación efectiva del servicio alimentario escolar, así como de los encargos específicos asignados al referido Programa a través de dispositivos legales.

Deberá revisar y analizar el proyecto de Plan de Implementación de Cambios del Programa Escolar Qali Warma, elaborado en el marco del “Procedimiento de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo”, aprobado por Decreto Supremo Nº 143-2021-PCM y la Metodología de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00013-2021-PCM/SGP.

También revisará y analizará las recomendaciones formuladas por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el Informe N° D000569-2023-MIDIS-OGAJ, que hace suyo el Informe de Trabajo N° D000114-2023-MIDIS-OGAJ-JCC, documentos que obran en los antecedentes del Informe N° D000080-2023-MIDIS-SG.

Realizará recomendaciones sobre mejoras en la estructura orgánica, así como en las condiciones y alcances de los servicios prestados por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; asimismo, presentará un informe final que incluya los resultados de la revisión y las recomendaciones propuestas.

Secretaría Técnica
La Oficina de Modernización ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial. La Secretaría Técnica es responsable de brindar apoyo técnico a la Comisión Sectorial, así como de registrar la información sobre su creación, instalación, funcionamiento y extinción en el aplicativo informático que, para tal efecto, lleva la Secretaría de Coordinación o la que haga sus veces de la Presidencia del Consejo de Ministros, según corresponda.

De igual forma, la Secretaría Técnica es la responsable de llevar el registro de los acuerdos de la Comisión Sectorial, custodiar sus actas y toda documentación que se genere durante su vigencia, así como cumplir con lo dispuesto en el numeral 23.5 del artículo 23 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias; y formalizar, mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública, su extinción una vez cumplidos sus objetivos y/o su periodo de vigencia.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Sectorial cuenta con el apoyo de las unidades de organización del Midis y del Programa Qali Warma. Asimismo, de considerarse conveniente, para el logro de su finalidad la Comisión Sectorial podrá solicitar asistencia y/o apoyo técnico a otros sectores del Poder Ejecutivo, así como a otras entidades u organismos del Estado en el ámbito de sus competencias.

La vigencia de la Comisión Sectorial es de noventa días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Su renovación se encuentra sujeta a la solicitud fundamentada de la misma Comisión Sectorial sobre un plazo adicional con la finalidad de presentar su informe final. El funcionamiento de la Comisión Sectorial se financia con cargo al presupuesto institucional del Midis, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Dato

. Hay que recordar que, a través del Informe N° D000080-2023-MIDIS-SG, la Secretaría General del Midis concluyó, sobre la base de la información alcanzada por el Gabinete de Asesores, el Programa Qali Warma, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica, señalando que: “(…) se advierte que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, presenta serias debilidades a nivel administrativo y de gestión que inciden en la prestación efectiva del servicio alimentario y de los encargos específicos asignados a través de los diferentes dispositivos legales”. Asimismo, precisa que “Resulta pertinente la realización de una evaluación a los procesos críticos del PNAEQW, con la finalidad de garantizar el funcionamiento seguro, eficiente y eficaz de sus áreas sustantivas y que permita la formulación de propuestas de mejoras y de reestructuración orgánica, de ser necesario, para superar las dificultades y deficiencias advertidas”. Al respecto, se recomendó “Iniciar un proceso de reorganización administrativa del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, orientado a realizar una evaluación a sus procesos críticos con la finalidad de garantizar el funcionamiento seguro, eficiente y eficaz de las áreas sustantivas, para una mejora en la calidad de los servicios a la ciudadanía y el desarrollo del servidor público”, así como: “Conformar una Comisión de carácter sectorial que viabilice el proceso de evaluación propuesto, en un plazo máximo de 90 días hábiles”.

 

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