31 agosto 2020 | 09:09 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Contiene las acciones estratégicas y operativas del Plan de Acción del Café priorizadas

Aprueban Programa para la Reactivación de la Caficultura

Aprueban Programa para la Reactivación de la Caficultura
El Programa tiene los componentes siguientes: tecnología para la producción; sanidad e inocuidad; financiamiento, y acceso a mercados. Minagri destina S/ 106.592.047 para ejecución de las principales líneas de acción correspondientes a 2020.

(Agraria.pe) A través de la Resolución Ministerial N° 0199-2020-Minagri, el Gobierno ordenó aprobar el Programa para la Reactivación de la Caficultura, que contiene las acciones estratégicas y acciones operativas del Plan de Acción del Café priorizadas, a ser desarrollados en el corto y mediano plazo, por los Órganos, Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos Adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).

El Programa para la Reactivación de la Caficultura tiene los componentes siguientes: tecnología para la producción; sanidad e inocuidad; financiamiento, y acceso a mercados. Al respecto, el Minagri destina S/ 106.592.047 para la ejecución de las principales líneas de acción correspondientes al periodo 2020.

La norma indica que los Órganos, Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos Adscritos del Minagri, comprendidos en el Programa de Reactivación de la Caficultura que se aprueba, incluirán en sus respectivos Planes Operativos Institucionales las acciones estratégicas y acciones operativas enmarcados en los componentes del “Programa para la Reactivación de la Caficultura”, a ejecutarse en el corto y mediano plazo.

El financiamiento de las líneas de acción en el marco del Programa para la Reactivación de la Caficultura estará sujeto a la disponibilidad de recursos con los que cuenten las Unidades Ejecutoras del Pliego Minagri o en su defecto, a las gestiones de asignaciones de recursos que se tramiten ante el Ministerio de Economía y Finanzas para tales fines.

Asimismo, los Órganos, Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos Adscritos del Minagri, comprendidos en el anexo de la presente Resolución, en el plazo de sesenta días calendarios, informan a la presidencia del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, la programación, nivel de compromiso y ejecución de los componentes del “Programa para la Reactivación de la Caficultura”.

Además, se encargó al Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, creado por Resolución Ministerial N° 0119-2020-Minagri, el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución; así como el seguimiento para su respectiva implementación.

 

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