(Agraria.pe) Mediante la Resolución Directoral N° D000009-2025-MIDAGRI-SENASA-DSA se aprobó los requisitos zoosanitarios para la importación de ovoproductos procesados para el consumo humano procedentes de la República Federativa de Brasil.
Para realizar dicha importación debe estar conforme a lo que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Asimismo, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente acto resolutivo se podrá aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias.
Anexo:
El producto estará amparado por un Certificado Sanitario expedido por la Autoridad Oficial Competente de la República Federativa de Brasil, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Producto |
Temperatura interna (°C) |
Tiempo |
Huevo entero |
55 |
2521 segundos |
Huevo entero |
57 |
1596 segundos |
Huevo entero |
59 |
674 segundos |
Clara de huevo liquida |
55 |
2278 segundos |
Clara de huevo liquida |
57 |
986 segundos |
Clara de huevo liquida |
59 |
301 segundos |
Yema salada al 10% |
55 |
176 segundos |
Clara de huevo seca |
57 |
50,4 horas |
Otros tiempos y temperaturas cuya eficacia esté científicamente demostrada
Estos requisitos zoosanitarios deben ser remitidos a su proveedor en la república federativa de brasil, a fin de que los certificados sanitarios emitidos por el servicio veterinario oficial incluyan las exigencias antes descritas. de no coincidir la certificación con estos requisitos, la mercancía será rechazada sin lugar a reclamo.