Así como, el establecimiento del valor de las tarifas de los servicios prestados por los operadores
Redacción
Lima, 30 Noviembre (Agraria.pe) Mediante resolución jefatural Nº 801-2011, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), máximo ente rector de los recursos hídricos del país, precisó la entrada en vigencia del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica y el establecimiento del valor de las tarifas de los servicios prestados por los operadores, a partir del 01 de enero del 2012.
El Reglamento de Operadores de Infraestructura hidráulica, es un instrumento de gestión que regula la prestación de los servicios de suministro de agua a cargo del operador y del usuario que lo recibe para la gestión eficiente de los recursos hídricos del país.
Según la norma, el precitado reglamento –aprobado por resolución jefatural Nº 492-2011-ANA-, entrará en vigencia luego de un proceso de consenso y tras la instalación de una mesa hídrica con la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú (JNUDRP), donde se revisó el documento y se recogieron aportes de los usuarios.
Para el año 2012, las tarifas que prestan los operadores de infraestructura hidráulica, se establecerán de acuerdo a los lineamientos aprobados en la resolución jefatural Nº 546-2010-ANA.
Datos
Se podrá disponer de la publicación de la Resolución desde el Portal de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe.