No aplicará el 1,5% del impuesto a la renta sobre operaciones de liquidación de compra. La medida beneficia también a los pequeños productores agropecuarios
Por: Redacción
Lima, 15 de Abril 2013 (Agraria.pe) El Ministerio de Agricultura (MINAG) en coordinación con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) firmaron un acta de acuerdo con la Asociación Nacional de Productores de Algodón y Central de Gremios de Algodón Tanguis de la Costa Central.
Según el acuerdo, suscrito el pasado jueves, los algodoneros se beneficiarán de la no aplicación del 1,5% de la retención del impuesto a la renta en las operaciones de liquidación de compra, según lo estableció la Resolución de la SUNAT Nº 028-2013 en enero pasado. El beneficio tributario, del que gozan asimismo los pequeños productores agropecuarios del país, rige hasta el 31 de diciembre de este año.
Además, aquellos algodoneros que hubieran sido sujeto de la retención del 1,5%, serían reintegrados de modo excepcional. ¨El MINAG solicitará a Sunat el listado de todos aquellos productores de algodón que fueron sujetos a la retención del 1,5%, a fin de diseñar un mecanismo que permita reintegrar, de modo excepcional, el dinero retenido a los productores¨, indica el comunicado de prensa del MINAG en el que se informó sobre el acuerdo.
Por su parte, el MINAG, la Sunat y el Ministerio de la Producción (Produce) se comprometieron a evaluar de manera periódica los avances del proceso de formalización de los productores.
El acuerdo fue suscrito en la sede de la PCM tras casi cuatro horas de conversaciones y rubricado por el viceministro de Agricultura, Juan Rheineck, el director de Competitividad Agraria del MINAG, José Muro, representantes de la PCM, Produce y Sunat, así como dirigentes de la Asociación Nacional de Productores de Algodón (ANPAL) y las organizaciones algodoneras de Acarí (Arequipa), Chincha, Huaral, Pisco, El Santa e Ica.
Otros beneficiados
Otros productos agrícolas que serán exonerados de la retención del 1,5% son el maíz, el arroz, la papa y el trigo, gestionado por decenas de miles de pequeños productores organizados, con ingresos netos anuales de no más de S/. 32.000, por lo que están inafectos de cualquier otro régimen tributario.
Se encuentran obligadas a emitir liquidaciones de compra las personas naturales o jurídicas por las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC (Registro Único de Contribuyentes).
En Perú existe 1.147.000 productores laboran en 2,2 millones de hectáreas con un promedio de 1,94 hectáreas por agricultor.
Dato:
Para visualizar la resolución de la SUNAT 028-2013, haga click en el siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2013/028-2013.pdf