16 junio 2023 | 10:15 am Por: Redacción

Mediante Resolución Ministerial N° 0187-2023-MIDAGRI

Crean la Comisión Sectorial de carácter temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego denominada “Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)”

Crean la Comisión Sectorial de carácter temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego denominada “Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)”
El objetivo de la comisión es realizar el seguimiento al cumplimento de las funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), en su calidad de autoridad sectorial en materia de cambio climático, así como emitir los informes pertinentes en el marco de lo indicado en la Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático y su Reglamento.

(Agraria.pe) A través de Resolución Ministerial N° 0187-2023-MIDAGRI, se crea la Comisión Sectorial de carácter temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego denominada “Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)”.

El objetivo de la comisión es realizar el seguimiento al cumplimento de las funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), en su calidad de autoridad sectorial en materia de cambio climático, así como emitir los informes pertinentes en el marco de lo indicado en la Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático y su Reglamento.

En las funciones de dicha comisión destacan: Realizar el seguimiento a los procesos de implementación de las medidas de adaptación al cambio climático y de mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) que conforman las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) bajo las competencias del Midagri.

Así como emitir los informes que servirán de insumo para la elaboración de los reportes anuales sobre los avances en la implementación de las medidas de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) bajo las competencias del Midagri dirigidos al Ministerio del Ambiente (MINAM), en coordinación con el Punto Focal sectorial.

Conformación de la comisión sectorial
La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)estará conformada por un representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego (DVDAFIR), quien lo presidirá; un representante de la Autoridad Nacional del Agua (ANA); un representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor); un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa); un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA); un representante de Sierra y Selva Exportadora (SSE); un representante del Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI); un representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (Agro Rural); un representante del Programa de Compensaciones para la Competitividad (Agroideas); un representante de la Unidad Ejecutora 0036-001634 “Fondo Sierra Azul”.

Así como un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA); un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); un representante de la Dirección General de Políticas Agrarias (DGPA); un representante de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego (DGIHR); un representante de la Dirección General de Gestión Territorial (DGGT); un representante de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA); un representante de la Dirección General de Desarrollo Ganadero (DGDG); un representante de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas (DGESEP); un representante de la Oficina General de Tecnología de la Información (OGTI); y un representante de los Proyectos Especiales del Midagri.

La Secretaria Técnica de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), y tiene como función brindar asistencia, apoyo técnico y administrativo permanente para el cumplimiento de su objeto y funciones. Sus funciones se especificarán y detallarán en el Reglamento Interno de la Comisión.

La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) con previo acuerdo de sus miembros, podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de las diferentes entidades públicas y/o privadas, así como de la cooperación internacional; para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios cuya participación pueda coadyuvar al cumplimiento de su objeto y funciones, quienes podrán participar en las sesiones con voz pero sin voto.

La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) podrá organizar Equipos Técnicos para áreas específicas de trabajo, en el marco del objeto y funciones de la Comisión.

Instalación de la comisión
La Comisión Sectorial se instala dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC), dentro del plazo de sesenta días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, aprueba su Reglamento Interno, mediante el cual se establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, así como el quórum necesario para su realización, e incluye las demás disposiciones para su adecuado desarrollo y organización.

Dicho Reglamento Interno incluirá disposiciones para el correcto desarrollo y la organización de la presente Comisión, así como sobre la conformación y demás disposiciones referidas a los equipos técnicos que se señala en el artículo precedente.

La implementación de las funciones de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Sector sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Asimismo, cada dirección, unidad orgánica, programas, organismos públicos adscritos y proyectos del Midagri asumirá los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de su representante de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales a Tesoro Público.

 

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