08 enero 2020 | 09:11 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

A través de Resolución Directoral N° 0025-2019-Minagri-Senasa-DSV

Establecen requisitos fitosanitarios para la importación de grano de frejol adzuki de Argentina

Establecen requisitos fitosanitarios para la importación de grano de frejol adzuki de Argentina
El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Senasa.

(Agraria.pe) A través de Resolución Directoral N° 0025-2019-Minagri-Senasa-DSV. se establecieron los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento para la importación de grano de frejol adzuki (Vigna angularis) de origen y procedencia de la República Argentina.

El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

Además, el envío debe estar acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne que el producto esté libre de Latheticus oryzae, Nemapogon granellus.

Tambien que cuente con tratamiento de fumigación de pre embarque con Fosfamina (utilizar una de las siguientes dosis): 2 g/m³ /96 h/ Tº de 26 ºC o más; 2 g/m³ /120 h/ Tº de 21 a 25ºC; 2 g/m³ /144 h/ Tº de 16 a 20 ºC.

Asimismo, el producto estará contenido en envases nuevos y de primer uso, debidamente rotulado con el nombre y origen del producto. El producto deberá someterse a una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
 
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