(Agraria.pe) A través del Decreto Supremo N° 003-2025-MIDAGRI, el Gobierno publicó el Reglamento de la Ley que promueve la gestión eficiente y el mantenimiento sostenible de la infraestructura de riego menor mediante núcleos ejecutores (Ley N° 32085).
Esta medida permitirá asegurar el uso óptimo de los recursos hídricos, a través de la ejecución de diversas actividades de sostenimiento de las obras hidráulicas menores.
Dicho reglamento -que consta de cuatro Títulos, dieciocho artículos, dos Disposiciones Complementarias Finales, y tres Anexos- beneficiará a más de 2 millones de agricultores.
El objeto del Reglamento es establecer las disposiciones para la aplicación de la Ley Nº 32085, que regulan las intervenciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), Autoridad Nacional del Agua (ANA), los gobiernos regionales, gobiernos locales, Organizaciones de Usuarios de Agua, los representantes del Núcleo Ejecutor, los miembros del Comité de Vigilancia, y quienes participen en el proceso de planificación y seguimiento de las actividades de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego Menor mediante Núcleos Ejecutores.
La finalidad es asegurar el uso óptimo de los recursos hídricos a través de la ejecución de actividades de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego Menor.
La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al Presupuesto Institucional de los Pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Para la planificación y ejecución de las actividades de mantenimiento, se elaborará el Plan de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego Menor en base al diagnóstico que priorizará los canales, drenes y obras conexas que se encuentran deteriorados parcialmente y/o colmatados, los reservorios y micro reservorios de agua para riego sean de uso común y otras consideraciones.
Es preciso mencionar que, cada año se solicitará la aprobación del plan de mantenimiento, el mismo que será financiado al año siguiente.
La constitución de los núcleos ejecutores y la ejecución de las actividades de mantenimiento de la Infraestructura de Riego Menor se realizará conforme a lo estipulado en la Ley Nº 31015, cuya norma autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante Núcleos Ejecutores.
Datos
. En los últimos días, el titular del Midagri, Ángel Manero había adelantado la expedición del presente reglamento, a fin de permitir la intervención de las juntas y otras organizaciones de usuarios de agua en las tareas de mejora de canales, drenes y obras conexas vinculadas con la infraestructura de riego.
. Puede ver el Reglamento en el siguiente link: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2380997-1