21 abril 2022 | 09:12 am Por: Edwin Ramos | prensa@agraria.pe

Sostuvo Carlos Hakansson, doctor en derecho constitucional

La Constitución actual es muy clara en que se debe dar apoyo preferente al agro; lo que falta es  desarrollar normas

La Constitución actual es muy clara en que se debe dar apoyo preferente al agro; lo que falta es  desarrollar normas
El especialista señaló los diversos artículos de la Carta Magna que llaman a proteger a la agricultura, así como a preservar la propiedad de la tierra, a las comunidades y el buen desarrollo de la libre competencia, por lo que se requieren normas que hagan efectivos esos postulados. Reconoció que el origen de la Constitución es discutible, pero que ha cobrado legitimidad en el tiempo y ejercicio.

(Agraria.pe) Nacida durante el fujimorato, la Constitución Política de 1993 ha sido el marco con el cual el país logró varias décadas de crecimiento económico, pero también ha creado diversos anticuerpos políticos que pueden poner en entredicho el actual statu quo social y económico. En ese interín, cualquier afectación a la Carta Magna cambia las perspectivas de los sectores económicos, entre ellos la agricultura.

Carlos Hakansson, doctor en derecho constitucional, dice al respecto que en cuanto al régimen agrario, la Constitución actual es muy clara en que el Estado debe apoyar preferentemente el desarrollo agrario (artículo 88), lo que habilita al desarrollo de toda una legislación que optimice y haga efectivo ese soporte.

Otro aspecto que el académico pondera es que se garantiza la propiedad sobre la tierra, ya sea en forma privada o comunal o cualquier otra forma asociativa. “Acá no hay latifundios, la ley puede fijar límites y extensión de la tierra según las peculariadades de cada zona, eso lo dice expresamente”, refirió.

En tanto, sobre el rol de la comunidades campesinas y nativas, el artículo 89 les otorga reconocimiento legal y personería jurídica, así como autonomía para su organización en el trabajo comunal y el uso en libre disposición de sus tierras y el marco administrativo. “Debe haber leyes que optimicen estos mandatos de la Constitución, como también leyes que optimicen lo que la Constitución dice con respecto a la economia, no puede ser que la dejadez e inercia del Estado haya producido una informalidad de más del 70%, esto significa que el Estado ha estado de brazos cruzados”, agregó.

Los monopolios y modelos desfasados
Carlos Hakansson se refirió también al problema de los acusados monopolios en el mercado peruano, los que no permiten una verdadera libre competencia. Recordó que el artículo 61 de la actual Constitución facilita y ordena que se vigile la libre competencia, combatiendo toda práctica que la limite, incluyendo posiciones dominantes y monopólicas. En este asunto también es necesario por tanto que se desarrollen leyes antimonopolio y contra oligopolios. “Eso hay que exigirle al parlamento, no cambiar la Constitución, sino hacer las reformas de segundo piso que se esperan”.

Y en cuanto a los pedidos de controles de precios, apuntó que es un tipo de modelo de Estado velasquista que ha fracasado en el Perú y en el mundo.

Origen cuestionado y legitimidad
El constitucionalista reconoció que la Constitución de 1993 ha sido cuestionada y “podemos decir que no tuvo legitimidad de origen”, pero también es cierto que adquirió validez con el tiempo y legitimidad de ejercicio, algo que, agregó, olvidan quienes proponen su cambio, tal como está reconocido en la Sentencia 014-2003 sobre Acción de Inconstitucionalidad contra la Carta Magna que el Tribunal Constitucional resolvió.

A esto se suma que la actual Constitución es la única en la historia del Perú que ha permitido cuatro gobiernos democráticos consecutivos, y que es la que mayor jurisprudencia ha generado ya que casi no hay artículo que no haya sido interpretado de forma directa o indirecta por el Tribunal Constitucional.

“Que no sepamos elegir no es culpa de la Constitución”, sentenció.

Dato

Carlos Hakansson participó en el foro “La Constitución Política y la Agricultura”, organizado por la Defensoría del Productor Agrario y el Colectivo Nacional de Profesionales para el Cambio.

 

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