23 mayo 2025 | 11:00 am Por: Redacción

Para fortalecer la seguridad alimentaria y la agricultura familiar

Publican ley que articula la industria farinácea con la producción de quinua y otros granos andinos

Publican ley que articula la industria farinácea con la producción de quinua y otros granos andinos
La finalidad es coadyuvar al desarrollo productivo del país, enfocándose en los productores agrícolas familiares de quinua y otros granos andinos, con el propósito de elevar sus niveles de ingresos y fortalecer el consumo de estos productos, en atención a las prioridades nacionales de impulsar el desarrollo agrario y mejorar la seguridad alimentaria en el país.

(Agraria.pe) El Congreso de la República publicó la “Ley que promueve la articulación de la industria farinácea con la producción de quinua y otros granos andinos para fortalecer la seguridad alimentaria y la agricultura familiar” (Ley N° 32343)

Dicha ley tiene por objeto establecer mecanismos que promuevan la articulación entre la industria farinácea y la producción de quinua y otros granos andinos, en especial aquellos provenientes de los pequeños agricultores de la agricultura familiar, a través del incremento de la producción de los granos andinos y su integración a los patrones de consumo alimenticio.

La finalidad es coadyuvar al desarrollo productivo del país, enfocándose en los productores agrícolas familiares de quinua y otros granos andinos, con el propósito de elevar sus niveles de ingresos y fortalecer el consumo de estos productos, en atención a las prioridades nacionales de impulsar el desarrollo agrario y mejorar la seguridad alimentaria en el país.

Por ello, la ley señala que se incorpora la harina de quinua y/o de otros granos andinos de alto valor nutricional en la mezcla con la harina de trigo de preferencia de producción nacional, en toda adquisición que haga el Estado.

Asimismo, indica que la mezcla de harina de quinua o de otros granos andinos con la harina de trigo se implementa gradualmente en un plazo de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, según las normas técnicas que emita, para tal efecto el Ministerio de la Producción, a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y el Ministerio de Salud (Minsa), quienes determinarán que granos pueden procesarse e integrarse a la harina de trigo mediante un estudio técnico.

El Midagri en coordinación con el Minsa, es el responsable de priorizar los granos andinos, según su alto valor nutricional, en el marco de la presente ley, así como de asegurar la inocuidad de los granos andinos producidos en el país, a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (Senasa).

Dato

. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Producción (Produce) y en coordinación con el Midagri y el Minsa, aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo no mayor de sesenta días calendario contados a partir de su entrada en vigor.

 

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