(Agraria.pe) Aun cuando la premier Violeta Bermúdez y el ministro de Agricultura, Federico Tenorio, habían anunciado el día anterior que el Ejecutivo revisaría “exhaustivamente” la autógrafa de la ley agraria (Ley 21110) enviada por el Congreso y podría hacer observaciones, el Gobierno de Francisco Sagasti procedió a promulgar ayer 31 de diciembre la norma sin mayor análisis.
La contrariedad es mayor puesto que horas antes el propio mandatario había reconocido en mensajes a través de Twitter que la ley no satisfacía a ninguna de las partes involucradas, por lo que se buscaría una alternativa a través del foro del Acuerdo Nacional “para debatir el futuro del sector agropecuario y otras medidas”.
Cabe recordar que Waldo Mendoza, ministro de Economía y Finanzas, había dicho días previos que “creer que un fuerte aumento de los salarios en el sector agroexportador es la cura para todos los males de los trabajadores, es un error”, y pedía al Legislativo sensatez, sentido común y realismo para no causar pérdidas de puestos de trabajo. Sin embargo, ante el hecho consumado de la promulgación, sostuvo en conferencia de prensa que la aprobación del Congreso involucraba a los trabajadores, empresarios y Gobierno, por lo que el Ejecutivo debía actuar en concordancia.
En una nueva línea discursiva, el titular del MEF afirmó que la ley es imperfecta, ya que no satisface a los actores involucrados, pero que soluciona problemas de corto plazo, razón por la que luego deberá ser complementada con soluciones de largo plazo.
La norma elaborada por el Congreso y que ahora está vigente establece, entre otros puntos, una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) de 30% de la remuneración mínima vital (RMV), lo que representa S/ 279 al mes, suma que podrá pagarse mensualmente o en proporciones diarias de acuerdo con la cantidad de días trabajados.
También establece que la remuneración básica no debe ser menor al salario mínimo nacional (S/ 930 mensual o S/ 31 diarios), con lo que tras la suma de gratificaciones (16.66% de la RB) y CTS (9.72% de la RB) se obtendría un sueldo diario de S/ 48.45.
Asimismo, se ordena que los trabajadores accedan al 5% de utilidades de la empresa hasta 2023, proporción que subirá a 7.5% hasta 2026 y 10% a partir de 2027.